DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL del ciudadano APONTE MENDOZA JULIO ALBERTO, titular de la cédula de identidad N° V-10.813.261, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105, del Código Penal, en relación con el artículo 479, numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, por cumplimiento total de la Pena, en cuanto al delito por el cual fue condenado en el presente caso y como consecuencia de ello, se ordena la LIBERTAD PLENA del mismo.
Regístrese, diarícese, déjese copia, y notifíquese a las partes de la presente decisión; librese oficio al Director del Internado Judicial Capital Rodeo I, remitiendo anexo boleta de excarcelación a nombre del penado APONTE MENDOZA JULIO ALBERTO, as.....