CUARTO
DE LAS FORMULAS DE PRE LIBERTAD
Conforme a lo establecido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, la Formulas Alternativas de Cumplimiento de Pena, a las cuales podrá optar la penada, previo cumplimiento de los requisitos de Ley son las siguientes:
DESTACAMENTO DE TRABAJO: La cuarta parte de la pena de DOS (02) AÑOS en el presente caso es al transcurrir SEIS (06) MESES y como quiera que el penado ha cumplido de la pena un tiempo de UN (01) AÑO, ONCE (11) MESES y CUATRO (04) DIAS, es por lo que ya podría optar a esta formula, previo cumplimiento de los requisitos de Ley.
RÉGIMEN ABIERTO: La tercera parte de la pena de DOS (02) AÑOS, es al transcurrir OCHO (08) MESES y como quiera que el penado ha cumplido de la pena impuesta un tiempo de UN (01) AÑO, ONCE (11) MESES y CUATRO (04) DIAS, es por lo que ya podría optar a esta formula, previo cumplimiento de los requisitos de Ley.
LIBERTAD CONDICIONAL: Las dos-terceras partes de la pena de DOS (02).....