Por todo lo expuesto anteriormente, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de le República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: UNICO: OTORGA LA LIBERTAD PLENA al penado: JOSÉ ANTONIO ROMANO MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad N° V.-6.034.847, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 105 del Código Penal vigente para la fecha de comisión del delito; en virtud de haber cumplido con la pena principal, que le fuera impuesta en fecha 23-09-2004 por el Juzgado Quincuagésimo Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal; a cumplir la pena de Un (01) año, Nueve(09) meses y Diez (10) días de Prisión por la comisión del delito de Hurto Calificado en Grado de Frustración, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 4º en relación con el último 80 ambos del Código Penal vi.....