Con fundamento a las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado UNDÉCIMO EN FUNCIÓN de Ejecución del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA otorgar a favor del penado FUENTES GIL WILLIAMS MANUEL, titular de la cédula de identidad N° V-13.458.827, ampliamente identificado en autos anteriores, la medida alternativa de cumplimiento de pena de Destacamento de Trabajo, por encontrarse llenos los extremos legales exigidos por los artículos 500 del Código Orgánico Procesal Penal y 67 de la Ley de Régimen Penitenciario.