DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nro. 4 de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara responsable penalmente al joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, identificado en esta decisión por la comisión del delito de: POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Consumo y Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, , imponiéndole como sanción la medida de REGLAS DE CONDUCTAS, previstas en los artículos 626 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, respectivamente, por el lapso de dos (02) años, las cuales consisten en OBLIGACIONES DE HACER: 1.- Continuar incorporado en el campo estudiantil y/o laboral, debiendo consignar por ante el Juzgado que en razón de la distribución le sea sometido el conocimiento del pres.....