Por las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley RESUELVE: PRIMERO: declarar CON LUGAR el Recurso de Revocación interpuesto por el Abogado Néstor Pereira, Defensor Público 5º de la Sección de Responsabilidad de Adolescentes, actuando en su condición de defensa del imputado IDENTIDAD OMITIDA, ampliamente identificado en autos anteriores, y en consecuencia en aplicación de lo previsto en el artículo 607 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en relación con el 176 del Código Orgánico Procesal Penal, deja sin efecto el auto de fecha 13 del corriente mes y año (13-11-2007) cursante a los folios 13 al 15 de las actuaciones procesales que componen al presente Cuaderno Separado vinculado con la causa principal distinguida con el Nro. 1384-07, SEGUNDO: Decreta el ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES con fundamento en lo establecido en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Pena.....