D IS P O S I T I V A
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, con arreglo a lo establecido en los artículos 555, 529 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, 301 y 302 del Código Orgánico Procesal Penal que se aplica por remisión expresa del articulo 537 de la citada ley, resuelve: PRIMERO: Declarar con lugar la solicitud formulada por la representante de la Fiscalía Nº 115 del Ministerio Público, de desestimación de la denuncia, interpuesta por el ciudadano Edward Alejandro Parada Alarcón, venezolano, titular de la CÉDULA DE IDENTIDAD N° 19.693.432 en fecha 26/12/2009, por ante la Fiscalía Superior del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, por los hechos ocurridos el 25 de diciembre del mismo año. En consecuencia, devuélvanse las presentes actuaciones al d.....