D E C I S I O N
Por todos lo razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia Funciones de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta lo siguiente: EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, a favor del joven adulto: NOMBRE y DATOS OMITIDOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANCIA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, en la presente causa signada con el número 129-01, nomenclatura de este Despacho, de conformidad con lo previsto en el artículo 615 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con lo previsto en el artículo 33, ordinal 4 del Código Orgánica Procesal Penal, aplicado por remisión expresa del artículo 537 ejusdem, por cuanto la Acción Penal se encuentra evidentem.....