Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en Función de Control de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta lo siguiente:
PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, a favor del joven adulto, (NOMBRE Y DATOS PERSONALES OMITIDOS DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIONDEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE), en la presente causa signada con el número 941-06, nomenclatura de este Despacho, de conformidad con lo previsto en los artículo 561, literal d) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en relación con el ordinal 1º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, disposición aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Especial, por cuanto la acción penal se encuentra .....