DISPOSITIVA.
Por los razonamientos antes expuestos este JUZGADO DECIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS SECCION DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento: Declara con Lugar la solicitud realizada por la Defensora Pública N° 8°, Abogado LUXCINDIA GONZALEZ, en la cual se acuerda exigir al adolescente(Identidad Omitida), en lugar de exigirle tres (3) fiadores que cada uno devengue Treinta (30 UT), acuerda aceptar a los fiadores presentados con las remuneraciones que percibe cada uno, quienes deberán consignar la documentación correspondiente, tales como Constancia de Trabajo, Buena Conducta y Residencia expedidas por la autoridad competente; en consecuencia se declara con lugar la solicitud realizada por la Defensora Pública N° 8°, en los términos señalados anteriormente. Ahora bien, observa e.....