Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Juicio Unipersonal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad conferida en la ley, ABSUELVE al joven IDENTIDAD OMITIDA, de los cargos que por los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COAUTOR, previsto en los artículos 408 en relación con el artículo 83 ambos del Código Penal, HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 408 del Código Penal en concordancia con el artículo 80 eiusdem, ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 458 en concordancia con el artículo 80 del Código Penal; POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 36 de la para entonces vigente Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; FUGA DE DETENIDO, previsto y sancionado en el artículo 259 del Código Penal; PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sa.....