VI
DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho explanados, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de juicio No. 3, de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, constituido unipersonal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONDENA al acusado XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, identificado en el encabezado de la presente sentencia, a cumplir sanción de UN AÑO DE LIBERTAD ASISTIDA Y UN AÑO DE REGLAS DE CONDUCTA DE MANERA SUCESIVA, al haber sido considerado CULPABLE de los hechos que se debatieron en el juicio, por la Fiscal 111º, Abg. NATACHA LOPEZ, Representante del Ministerio Público, y que el Juez Profesional califica, ROBO GENERICO, previsto en el artículo 455 del Código Penal Vigente. Y una vez transcurrido el lapso legal establecido en el artículo 453 del Código Orgánico Procesal Penal aplicado por remisión del artículo 537 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, .....