Por los razonamientos anteriormente expuestos, Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONDENA al joven adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), titular de la cédula de identidad Nº (IDENTIDAD OMITIDA), hijo de (IDENTIDAD OMITIDA), de oficio (IDENTIDAD OMITIDA), residenciado en (IDENTIDAD OMITIDA), elef: (IDENTIDAD OMITIDA), en consecuencia, impone la sanción de DOS (02) AÑOS de LIBERTAD ASISTIDA, de conformidad con lo previsto en el artículo 626, y SEIS (06) MESES DE IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, lo que comporta 1) Presentarse ante la Oficina de Presentación de Imputados con una periodicidad de cada treinta (30) días. 2.) No involucrarse en hechos delictivos de ninguna naturaleza, 3.) Prohibición de acercarse personalmente ni mediante el uso de terceras personas a la víctima,.....