ISPOSITIVA
En base a las consideraciones, legales antes expuestas, este Tribunal Primero de Ejecución de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda, el CESE DE LA SANCIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, por lapso de UN (01) AÑO, prevista en el artículo 624 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a favor del joven xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, Y PON ENDE SU LIBERTAD PLENA, por considerarlo responsable del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD, LESIONES PERSONALES Y AGAVILLAMIENTO, delitos estos previstos en el Articulo 5, en concordancia con el Articulo 6, Ordinales 1,2,3,5,10 y 12 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotor. Y ASÍ SE DECIDE.