CAPITULO III
DECISIÓN
Por las razones anteriormente señaladas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de EJECUCION N° 3 Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por la autoridad que confiere la Ley, DECRETA LA EXTINCION DE LA SANCION POR PRESCRIPCION, en la causa seguida al joven XXXXXXXXXXXXXXXXX, signada bajo el Nº 399-06, conforme a lo establecido en el artículo 616 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, por cuanto el lapso de prescripción ha operado, por inacción del Estado. Se acuerda dejar Sin Efecto los oficios Nº 320-07 de fecha 03/04/07, oficio Nº 030-10 de fecha 14/01/2010, oficio Nº 562-10 fecha 26/07/2010, oficio Nº 963-10 de fecha 10/12/2010, y oficio Nº 508-11 de fecha 14/06/2011, dirigidos todos a la División de Aprehensión del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística.....