lo cual este Tribunal interpreta y aplica al presente caso, entendiéndose que el Adolescente IDENTIDAD OMITIDA plenamente identificado en autos anteriores, admitió los hechos por los que fue acusado tal como se constata en el contenido del Acta de Audiencia Preliminar levantada en fecha 10/07/2007 por el mencionado Juzgado con Funciones de Control; Audiencia esta mediante la cual se les impuso de forma inmediata al precitado Adolescente a cumplir con la medida de Libertad Asistida, de lo cual quedo expresamente notificados conforme al articulo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Por otra parte se constata en los folios que conforman el presente expediente, que en ningún momento y bajo ninguna de las vías existentes el sancionado en referencia, intento ponerse a derecho por ante este Tribunal, reflejando con tal actitud su evasiva posición con respecto a la causa penal que se le sigue en su contra, es por lo que ESTE JUZGADO CUARTO DE EJECUCIÓN EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES Y .....