PRIMERO: Oída la exposición realizada por el delegado asignado a realizar la supervisión en el presente caso, revisadas las presentes actuaciones y el Informe Evolutivo que cursa en autos de fecha 24/03/06 recibido por ante este despacho el día 05-04-06, se evidencia que el Joven de autos alcanzó las metas que le fueron diseñadas en el Plan de Acción, se ha mantenido incorporado al área laboral desde el inicio de las medidas lo que demuestra que tiene una vida bien encaminada, con indicios de un futuro próspero evitando de ésta manera la reincidencia, dándose cumplimiento a las medidas de Imposición de Reglas de Conducta y Libertad Asistida por el tiempo establecido en la sentencia y lográndose así el objetivo de la sanción según lo prevee el artículo 629 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, que no es otro que el pleno desarrollo de las capacidades del adolescente y la adecuada convivencia con su familia y entorno social, es por lo que de conformidad a.....