Se decreta la CESACIÓN POR CUMPLIMIENTO DE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA, prevista en los artículos 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, la cual le fue impuesta al Joven: (identidad omitida)en virtud de que se desprende claramente de los autos que conforman el presente expediente que el mismo ha cumplido con la medida por el tiempo que le fue acordada, superando las deficiencias y carencias que lo llevaron a incurrir en la conducta ilícita, y en consecuencia se ORDENA LIBERTAD PLENA. SEGUNDO: Se ordena el cierre de la causa relativo al Joven antes mencionado.