PRIMERO: Corresponde al Juez de Ejecución el conocimiento de la Fase de Ejecución de las Medidas impuestas, tendiendo facultad de controlar las garantías del proceso;se APERTURA UNA INCIDENCIA de conformidad con lo establecido en el Artículo 483 del Código Orgánico Procesal Penal por remisión expresa del Artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente a los fines de que se Oficie al Equipo Multidisciplinario de la Casa de Reeducación y Rehabilitación e Internado Judicial El Paraíso (La Planta) para que en un lapso NO MAYOR DE 196 HORAS nos sea remitido el Plan Individual con el Informe Evolutivo concatenadamente cada una de las áreas en que se cumplieron las Metas a Corto, Mediano y Largo Plazo del Joven Adulto de autos, para poder determinar así este Juzgado cuales metas fueron o no alcanzadas por el mismo, ya que los que cursan en actas se contradicen entre sí y no guardan relación con ninguno de los Planes Individuales que fueran remitidos a este Despac.....