DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, esta Sala Accidental Segunda (de Reenvío) para el Régimen Procesal transitorio de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano JOSÉ IGNACIO RAMÍREZ RIVERO, por la comisión de los delitos de Robo a Mano Armada, Lesiones Personales Intencionales Leves y Porte Ilícito de Arma de fuego, previstos y sancionados en los artículos 460, 415 en concordancia con el 417 y, 278, todos del Código Penal (hoy, 458, 413, 416 del Código Penal vigente), por no existir sujeto procesal contra quien dirigir la acción penal, por haber fallecido el citado imputado, quedando extinguida la acción penal, conforme a lo establecido en los artículos 48, ordinal 1°, en concordancia con los artículos 173, primer aparte, y 526, numeral 4º,.....