DECLARA SIN LUGAR la inhibición planteada por la DRA. ELIANA LAPREA en su condición de Juez Segunda de Juicio de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana Sección Adolescentes al no aparecer acreditada en los autos la causal establecida en el numeral 4 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal.