Vista la diligencia presentada en fecha 27-06-2007, por la abogada MARIA JOSEFINA PIOL, apoderada judicial de la parte demandada, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 26.729, mediante la cual solicita la aclaratoria sobre la condenatoria en costas de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 26-06-2007, este Juzgado pasa a pronunciarse de la siguiente manera:
En la dispositiva del mencionado fallo este Juzgado, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declaró, en síntesis lo siguiente:
"...PRIMERO: SIN LUGAR Apelación interpuesta por la parte demandada en contra de la sentencia emanada del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio de este Circuito Judicial de fecha 15-09-2004; SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda de cobro de prestaciones sociales y otros beneficios laborales interpuesta por el ciudadano PEDRO ALEJANDRO PRIMERA REYES en contra de la empresa PESQUERA CATATUMBO, C. A.; ...(...)QUINTO: SE CONFIRMA el fall.....