DESISTIDA la apelación interpuesta, en fecha 24-11-04, por el ciudadano TOYN VILLAR, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia pronunciada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, la cual declaró SIN LUGAR la demanda por prestaciones sociales y otros beneficios laborales, emitida en fecha en fecha 15-11-04; en consecuencia, SE CONFIRMA el fallo apelado.-
No se condena en costas a la parte apelante de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-
PUBLIQUESE, REGÍSTRESE Y REMITASE,
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Tercero Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los quince (15) días del mes de Enero de 2007. Años 196º y 147º
LA JUEZA
Dra. GRELOISIDA OJEDA NÚÑEZ
LA SECRETARIA,
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