DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Tercero Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación opuesta por la parte demandada contra la sentencia de fecha 29 de junio de 2005, dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio, del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JOSE GREGORIO FERNANDEZ GARCIA contra la COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENZUELA (C.A.N.T.V). TERCERO: SE CONFIRMA el fallo apelado de fecha 29 de junio de 2005, dictado por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio, del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas......