Visto el escrito consignado en fecha 26-06-2006, por los ciudadanos ROSSANA HERNÁNDEZ MARTINEZ y GUSTAVO SANTANDER CASTRO, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 71.542 y 50.567, respectivamente, el primero, en su condición de apoderado judicial del ciudadano JOSE GREGORIO MATA RODRIGUEZ, de la parte actora, y, el segundo en su carácter de apoderado judicial de la Empresa LITHO-MUNDO C.A., mediante el cual ambas partes celebraron transacción Laboral por ante este Juzgado Superior del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en esa misma fecha. En consecuencia, como quiera que la misma cumple con los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, este Juzgado HOMOLOGA la Transacción presentada por ambas partes en la fecha arriba mencionada.-
En consecuencia, por todos los razonamientos de hecho y derecho anteriormente explanados este despacho DA POR TERMINADO EL PRESENTE JUICIO Y ORDENA EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE.-