DISPOSITIVO
Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Tercero Superior del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación de la parte actora en contra de la sentencia de fecha 04-05-2005, emanada del Jugado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de este Circuito Judicial, mediante la cual declaró SIN LUGAR de demanda de diferencia de prestaciones sociales, pensiones de jubilación y otros beneficios laborales incoada por la ciudadana NELIS REYES en contra del INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA (INCE) MIRANDA; SEGUNDO: SE DECLARA INADMISIBLE la demanda incoada por la ciudadana NELIS REYES en contra del INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA (INCE) MIRANDA; TERCERO: SE MODIFICA el fallo recurrido; CUARTO: No se condena en costas de acuerdo al articulo 64 de la Ley.....