, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 17 de Febrero de 2006 por los abogados WILLIAM MARTINEZ VEGAS y VICTOR MANUEL LOPEZ en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 09 de Febrero de 2006, oída en ambos efectos por auto de fecha 23 de Febrero de 2006. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.