DESISTIDA la apelación interpuesta en fechas 10 y 24 de Abril de 2006, por el abogado CARLOS MEDERICO, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 03 de Abril de 2006, oída en ambos efectos el 28 de Abril de 2006. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada apelante de conformidad con lo establecido en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.