DECLARA: CON LUGAR EL DERECHO AL COBRO DE HONORARIOS PROFESIONALES, con motivo del Procedimiento que por Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales siguen las ciudadanas NAREMI SILVA GRACIA y DIGNORA BLANCO, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-9.872.111 y V- 9.206.068, Abogadas en ejercicio, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros.47.247 y 38.537. en contra de SHULTZ DE VENEZUELA, C.A., Sociedad Mercantil inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 04 de enero de 1995, bajo el Nº 15, Tomo 2-A Sgdo., y en consecuencia se ordena a la parte intimada:
PRIMERO: A cancelar a la parte intimante la cantidad de SIETE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS NOVENTAS YNUEVE CON VEINTE CENTIMOS (Bs. 7.845.499,20) en los términos que han sido expresados en el presente fallo.
SEGUNDO: No hay condenatoria e.....