DECLARA: SIN LUGAR: La defensa de Prescripción opuesta por la representación judicial de la empresa demandada en su escrito de contestación a la demandada. PARCIALMENTE CON LUGAR: la demanda incoada por los ciudadanos ELIZABETH MONASTERIO, BETSY Y. PEDRALES, WILMARY ZAMBRANO OSPINO, NORMA MORALES, ELIO RAMON PERDOMO, NELSON A VELASQUEZ LOPEZ, DEYANIRA NAVAS PIÑATE, GRACIELA MARTINA GUILLEN y ERIKA ESTHER HIDALGO BASTARDO, venezolanos, mayores de edad de este domicilio titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-6.137.165, V-10.693.997, V-6.869.166, V-6.812.342, V-5.002.364, V-7.951.557, V-3.665.790, V-4.774.395 y V-10.383.409, respectivamente contra CORP BANCA, C.A. (antes Banco Consolidado), inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el Nº 384, tomo 2-B de fecha 31 de agosto de 1954. En consecuencia se ordena:
PRIMERO: A la parte demandada cancelar los conceptos establecidos en la parte motiva de la presente deci.....