En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin lugar el recurso de apelación de la parte demandada contra el auto de providenciación de pruebas del Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, de fecha, 19 de diciembre de 2016, el cual queda confirmado. SEGUNDO: Inadmisible la prueba de inspección judicial promovida por la parte demandada para ser evacuada en la sede de la empresa y en los Juzgados Undécimo de Juicio y Vigésimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este mismo Circuito Judicial. TERCERO: Inadmisible la prueba de informes promovida por la parte demandada dirigida a los Juzgados Undécimo de Primera Instancia de Juicio y Vigésimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución, de este mismo Circuito.....