Primero: Con lugar el recurso de apelación ejercido por la parte actora contra la decisión dictada por el Juzgado 5° de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 03 de julio de 2006. Segundo: Se considera necesario para el orden público laboral y el debido proceso, anular la decisión recurrida, y reponer la causa al estado procesal en el que se encontraba al momento de manifestarse la voluntad de desistimiento del procedimiento, a los fines de que el Juzgado 5° de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, se pronuncie respecto al desistimiento del procedimiento, presentado por la parte actora en fecha 28.06.2006. Tercero: Se ordena notificar de la presente decisión a la Procuraduría General de la República, de conformidad con el artículo 95 del Decreto con fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Una vez se consigne en el expediente la notifi.....