Por todas las consideraciones, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Sin lugar el recurso de apelación ejercido por la parte actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 02 de mayo de 2008. Segundo: Sin lugar el recurso de apelación ejercido por la codemandada Constructora Norberto Odebrecht, S.A., contra la misma decisión. Tercero: Con lugar la defensa de cosa juzgada opuesta por la codemandada Ediperca, C.A. Cuarto: Sin lugar la defensa de prescripción de la acción alegada por ambas codemandadas. Quinto: Parcialmente con lugar la demanda incoada por el ciudadano Ramón Eliseo Rivas Ruiz contra las emp.....