En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de La Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Por estrictas razones de orden público, vinculadas con la tutela judicial efectiva, el debido proceso, el derecho a la defensa, el fin del nuevo proceso laboral, artículos 26, 49, 131, 257 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se anula la decisión del Juez de fecha 16 de octubre de 2008, dictada por el Juzgado Cuadragésimo Quinto (45°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que ordenó la remisión del expediente a los Juzgados de Juicio, y se repone la presente causa, al estado que se realice nuevamente el acto de audiencia preliminar pr.....