En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin lugar el recurso se apelación de la parte demandada contra el auto de providenciación de pruebas del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Juicio de este mismo Circuito Judicial, de fecha 27 de abril de 2017, por el cual negó la admisión de las pruebas de exhibición y de inspección judicial promovidas por la parte demandada en el juicio arriba reseñado. SEGUNDO: Inadmisibles las pruebas de inspección judicial y de exhibición promovidas por la parte demandada. TERCERO: Se imponen las costas del recurso a la parte demandada por haber sido confirmado el auto recurrido.