En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por PAGO DE PRESTACIONES SOCIALES intentada por la ciudadana NORELY BETZABETH GARCÍA GÓMEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nros. 13.312.755; contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD. SEGUNDO: Se ordena a la demandada a cancelar a la accionante los siguientes conceptos: Prestación de antigüedad que se generó desde el inicio de la relación de trabajo (01-04-2005) hasta su término (04-05-2009). Bono Vacacional de los años 2006, 2007, 2008 y 2009. Bono Único por discusión de la Convención indicado en el acta de fecha 11-08-2008, suscrita entre el Ministerio del Poder Popular para la Salud y la Federación Nacional de Si.....