DISPOSITIVO:
En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Con lugar el recurso de apelación de la parte actora, y desistido el de la parte demandada, contra la decisión del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, de fecha 23 de abril de dos mil trece (2013), la cual queda modificada en los términos de este fallo. SEGUNDO: Con lugar la demanda interpuesta por diferencia de prestaciones sociales y demás créditos derivados de la prestación de servicios, que sigue, MARY PATRICIA MARTINEZ BAUTISTA, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 15.150.429; contra la COMPAÑÍA ANOMINA, de este domicilio, CORPOTRACIOPN CANDYVEN, C.A.; inscrita por ante el Registro Mercantil V de la Circu.....