Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: REVOCA el auto de fecha 10 de julio de 2023, dictado por el TRIBUNAL SEGUNDO (2°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. SEGUNDO: SE REPONE la causa al estado que una vez que conste a los autos el cumplimiento de la acumulación de los Asuntos Nros. AP21-R-2023-000187 y AP21-R-2023-000188, en el que previno como lo es el Asunto: AP21-R-2023-000186, deberá el Tribunal Segundo (2°) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo, pronunciarse sobre los recursos de apelación presentados por los apoderados judicial de las partes apelantes, y debidamente acumulados todos los recursos y una vez cumplido con lo ord.....