PRIMERO: Sin lugar la apelación de la parte demandada, contra la decisión del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este mismo Circuito Judicial, de fecha 23 de noviembre de dos mil once, la cual queda confirmada. SEGUNDO: Parcialmente con lugar la demanda interpuesta por NEYDA HAYDEE SOSA MINDIOLA, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 10.544.408, por reclamación de prestaciones sociales y demás créditos derivados de la prestación de servicios, contra la firma mercantil, de este domicilio, ELECTROMECANICA SHANELY, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 05 de diciembre de 1996, bajo el N° 22, tomo 648-A-Sgdo. TERCERO: Se condena a la parte demandada a cancelar a la actora, los conceptos de: Prestación de antigüedad, las indemnizaciones del artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, las vacaciones fraccionadas, el bono vacacional fracci.....