Dispositivo:
En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se revoca el fallo del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, de fecha, 06 de abril de 2017, que declaró procedente la indemnización por despido injustificado, el cual queda anulado. SEGUNDO: Sin lugar la demanda interpuesta por JOSE MATA, arriba identificado, contra, FUNDACARACAS, y subsidiariamente, contra la ALCALDÍA de CARACAS, a cuya causa fue llamada como tercero interesado, la firma personal, ARCHITECTURE DESING CONSTRUTION. TERCERO: No hay imposición en costas conforme a lo establecido en el artículo 64 de la LOPTRA.