En razón de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por auto-ridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de la parte actora contra la decisión del Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio de este mismo Circuito Judicial, de fecha 25 de octubre de dos mil doce (2012), la cual queda confirmada. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por CARLOS BE-RROTERAN SOJO, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 3.171.935, por reclamación de indemnizaciones provenientes de accidente de traba-jo; contra la firma mercantil, de este domicilio, C.A. DE PUERTOS, ESTRUCTURAS Y VIAS (CAPEV), inscrita por ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 24 de agosto de 1995, bajo e.....