Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: declarar PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación, interpuesto por el abogado ISRAEL PEREIRA, inscrito en el I.PS.A., bajo el Nº 124.022, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión dictada en fecha 16 de noviembre de 2015, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: Se Modifica el fallo apelado. No habiendo condenatoria en costas.