En base a las razones antes expuestas, este JUZGADO SEGUNDO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por expresa autoridad de la ley, DECLARA: ÚNICO: CON LUGAR la inhibición planteada por el abogado Ronald Flores, en su carácter de Juez del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. Todo en el juicio incoado por la ciudadana JUDITH COROMOTO NOGALES SOSA contra la empresa INDUSTRIAS ARIDAN C.A. Se ordena remitir copia certificadas de la presente decisión al Juez inhibido.