Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 21 de diciembre de 2011, emanada del Juzgado Séptimo (07°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano ROBERTO CASTRO RODRIGUEZ contra OFISIT, C.A y DISTRIBUIDORA DIEFERCA, C.A, en consecuencia se condena a las codemandadas a cancelar al actor los conceptos determinados en la parte motiva del fallo. TERCERO: SE MODIFICA el fallo apelado únicamente en lo concerniente a las costas procesales. No hay condenatoria en costas.