Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Superior Segundo de del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO; SIN LUGAR, la demanda de Nulidad del Actos Administrativo de efectos particulares, intentado por la abogada MARY EVELYN MOSCHIANO NAVARRO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 68.072, en su carácter de Apoderada Judicial de la empresa INDUSTRIAS ALIMENTICIAS HERMO DE VENEZUELA C.A., contra la Certificación Nº 0292-12, de fecha 11-07-2012, proferida por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda, adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), notificada en fecha 19-09-2012.. SEGUNDO: Se confirma el acto administrativo de efectos particulares emanados de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda del Instituto Nacional de Prev.....