Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Superior Segundo de del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el Recurso de Apelación, ejercido por la abogada ANA SALVAGGIO, en su carácter de apoderada judicial de la empresa CLUB SOCIAL CENTRO URUGUAYO VENEZOLANO, C.A.,, parte actora en el presente procedimiento, contra la sentencia dictada por el Juzgado Décimo (10°) De Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 27 de mayo de 2013. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda Nulidad interpuesta por la abogada ANA SALVAGGIO, contra la providencia administrativa Nº 164-11 de fecha 11 de marzo de 2011, dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, la cual declaró Con Lugar la Solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caí.....