PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de Regulación de Competencia ejercido por los abogados JUAN GILBERTO MENESES BLANCO y EDMUNDO PEREZ ARTEAGA. SEGUNDO: Se declara la INCOMPETENCIA para conocer de la presente demanda por intimación de honorarios declinando la competencia de los Tribunales de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Transito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, todo en el juicio por intimación de honorarios seguido por los abogados JUAN GILBERTO MENESES BLANCO y EDMUNDO PEREZ ARTEAGA contra las empresas MAYOR DE VIVERES Y LICORES NAVARRA II, S.R.L., CORPORACION NAVARRA, C.A., MAYOR DE VIVERES NAVARRA, C.A.