5.- Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: declara CON LUGAR LA ACLARATORIA SOLICITADA POR LA PARTE ACTORA recurrente. Quedan a salvo los recursos legales que tengan a su disposición ambas partes, en contra de la sentencia dictada por esta Alzada.