Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR recurso de apelación interpuesto por la abogada Matilde De Freitas, actuando en su condición de apoderada judicial de la parte actora recurrente contra la decisión de fecha 25 de abril de 2011, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano: Jhony José Quevedo Chacín, contra la empresa Transcarga INTL Airways, C.A. En consecuencia, se ordena a pagar los conceptos y cantidades que se señalan en la parte motiva del fallo. TERCERO: SE REVOCA PARCIALMENTE la sentencia apelada.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.