SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado HENRIQUE CASTILLO GALAVIS, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, en contra de la sentencia de fecha 21 de junio de 2007 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES interpuesta por las ciudadanas IRIS MARINA ESPINOZA ACOSTA, MARIA EUGENIA FARIAS PORRAS y ROSANA BELLORIN CALDERA contra AVON COSMETIC DE VENEZUELA C.A. TERCERO: Se condena a la parte demandada a cancelar a las actoras: las diferencias reclamadas de las comisiones o bonificaciones devengadas sobre sábados, domingos y feriados, las incidencias de sábados, domingos y feriados sobre antigüedad y días adicionales, vacaciones, bono vacacional y utilidades. Al recalculo antes acordado deberá descontársele a Iris Marina Espinoza la cantidad de Bs. 40.000.000,00, a Maria Eugenia Farias Porra.....